lunes, 28 de marzo de 2011

AGRAVIO COMPARATIVO

Obviamente, ser persona con discapacidad, y movilidad reducida, no es lo mismo dependiendo del lugar de ubicación. No sé si ser discapacitado en nuestra querida Córdoba conlleva algún rasgo de subdesarrollo que nos impide tener aspiraciones legítimas, como es el acceso a una vivienda accesible que se adapte a nuestras peculiaridades. Hace ya más de dos años, se iniciaron gestiones con nuestra Gerencia Municipal de Urbanismo y Vimcorsa para estudiar la posibilidad de promover en nuestra ciudad la iniciativa de viviendas accesibles para personas con movilidad reducida. Lo cierto es que ésta iniciativa no requería excesiva innovación, pues propuestas similares ya se habían llevado a cabo en otros puntos de nuestro territorio nacional, como por ejemplo: Edificio Accesible en San Sebastián de los Reyes, Madrid (2001) o el de Santiago de Compostela (2009). Ahora una nueva iniciativa acaba de irrumpir en nuestro entorno, la Diputación Foral de Bizkaia ha inaugurado en el barrio bilbaíno de Txurdinaga un complejo de 32 apartamentos con apoyo pensados para ofrecer a las personas con discapacidad física menores de 65 años que quieran vivir de un modo independiente, una alternativa de vivienda accesible, funcional y totalmente innovadora en Bizkaia. Después de más de dos años de infructuosas reuniones no hubo manera de que nuestra GMU ofreciera suelo adecuado y de que Vimcorsa asumiera la construcción, según parece el coste era inasumible para nuestro Ayuntamiento. Podríamos haber avanzado mucho en la corresponsabilidad financiera de la iniciativa, seguro que otras iniciativas públicas y privadas hubieran hecho su aporte, pero con estos mimbres resulta extraordinariamente difícil hacer algún cesto.

Parece difícil de conjugar nuestras pretensiones de enarbolar la bandera de la capitalidad cultural para el 2016 con planteamientos sectarios respecto de la integración social de personas con discapacidad y movilidad reducida, será cierto el tópico que hace mención a las barreras mentales, como las más persistentes y difíciles de eliminar.

Córdoba que fue el centro de la cultura, de la sabiduría, del progreso,…quien te ha visto y quiénte ve.

lunes, 14 de marzo de 2011

Luces y Sombras.


Hace ya algunas fechas, concretamente durante los días 12 y 13 de abril de 2010, en el Palacio de Exposiciones y Congresos de Sevilla, se celebró el Foro Internacional sobre Accesibilidad Universal.
Ni que decir tiene que el acto supuso un inmejorable escaparate para la presentación del nuevo Decreto de Accesibilidad de la Junta de Andalucía, el 293/2009 de 7 de julio, lo que podría ser más discutible es si el alcance del evento tenía, o no, una perspectiva mayor. Lo cierto es que muchos de los que acudimos, de forma privada y no subvencionada, tuvimos que superar algunas dificultades impropias de un evento de estas características, como la deficiente accesibilidad del trazado de cercanías de Renfe, el desajuste existente entre el tren CIVIA y el andén del apeadero del Palacio de Congresos, presuponía una gran dosis de temeridad para los usuarios de sillas de ruedas. Lo peor es que la organización señalaba como “accesible” la forma de acceder al evento y que a pesar de la denuncia expresa de alguno de nosotros, no me consta que el problema, todavía, se haya solucionado.
También nos hubiera gustado que la propia consejera hubiera aceptado algún tipo de intercambio, preguntas y comentarios, sólo se limitó a ensalzar el acto con numerosísimos propósitos de extraordinarios augurios, que no se corresponden, para nada, con la realidad. Otros ponentes, aterrizados sobre la accesibilidad de forma espontánea, se limitaron a leer el contenido del Decreto, en sesiones poco menos que soporíferas y tediosas. Es casi seguro que si su interés fuera más personal, el tratamiento hubiera sido distinto. El aterrizaje de la tecnocracia advenediza sobre la discapacidad presupone, como mínimo, incapacidad de los propios afectados para su autodefensa. Esto no es, o no debería ser, un cajón de sastre donde apalancar a personajes políticos descolgados de otros menesteres.
Dicho esto, comentar que me gustó mucho la intervención de nuestro flamante Director General de Personas con Discapacidad, Gonzalo Rivas, a pesar de su desafortunado comentario respecto de la religión y la discapacidad. A mi juicio, tanto él como Ángeles Cozar, tienen legitimidad suficiente para hablar de los problemas de la discapacidad, pero “fundamentalmente”, por su condición de afectados.

Pero entrando en materia, comentar, que este nuevo Decreto 293 viene a sustituir al Decreto 72/1992, de 5 de mayo. Este tipo de normas tienen utilidad en la medida en que se doten de mecanismos de control y seguimiento adecuados, claro está, si se quiere hacer algo más que publicidad, y en este sentido encontramos una carencia de importancia: Mientras que en el Decreto 72/1992 se recoge de “forma expresa”, en la comisión de control y seguimiento, la participación de las personas con discapacidad, según parece, en el nuevo Decreto 293/2009 no se considera necesaria.
Comentar que desde el año 1992 ha llovido mucho, entre otras cosas, el Gobierno de España suscribe, el 30 de marzo de 2007, la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, publicada en el B.O.E. el 21 de abril de 2008 y, en vigor en nuestro Ordenamiento Jurídico, desde el 3 de mayo de 2008. El Art. 29 determina el deber de los Países a garantizar la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en la vida pública, con especial indicación a aquellas en que exista un interés legítimo.
Puedo entender que deba existir una sensibilidad especial para tratar estos asuntos con la profesionalidad y respeto necesario, pero somos un colectivo con alta propensión a la indefensión, y que sólo se nos requiera para ponernos en la fotografía resulta, como mínimo, poco respetuoso

jueves, 10 de marzo de 2011

Jurados Populares y Discapacidad.


Lo cierto es que con cuentagotas, pero los preceptos recogidos en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad van incorporándose a nuestro ordenamiento jurídico.

La Ley del Jurado, de 1995, manifiesta expresamente como requisito para formar parte de un Jurado: “no estar impedido física, psíquica o sensorialmente”, esta apreciación claramente discriminatoria no se corresponde con lo establecido en nuestra Constitución, que no establece marginación alguna en la institución de un jurado.
En éste sentido, una pequeña reforma legal para un gran paso en la igualdad de derechos de los ciudadanos. El pleno del Congreso de los Diputados aprobó, el pasado martes día 8 de marzo, con el apoyo unánime de todos los grupos, reformar la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado para permitir a las personas con discapacidad participar en los jurados populares.
Para la conformación de los jurados, los candidatos designados tendrán que devolver en el plazo de cinco días al magistrado que presida el tribunal un cuestionario, por correo con franqueo oficial, debidamente cumplimentado y acompañado de las justificaciones documentales que estimen oportunas. Es precisamente, en este cuestionario, donde las personas con discapacidad deberán alegar los impedimentos que puedan dificultar el ejercicio de su función, concretando, en la medida de lo posible, las medidas de apoyo necesarias. En éste sentido, se requiere a las administraciones públicas competentes para que provean los medios de apoyo necesarios, a los tribunales de justicia.
El diputado socialista Pablo Martín explicó que la ambigüedad del artículo 8 de la ley de 1995, que regulaba esta actividad, suponía una clara discriminación y planteó introducir el argumento de: "tener capacidad suficiente para el desempeño de la función del jurado”, esta iniciativa no sólo obtuvo el apoyo unánime de los grupos políticos, también cuenta con el visto bueno del Consejo General del Poder Judicial.

Nos mantendremos a la expectativa, pues todas estas cuestiones quedan muy bien sobre el papel. Habrá que aguardar a la praxis para evaluar adecuadamente el alcance de la medida.